Texto con la última modificación Aprobado por el Ayuntamiento Pleno el 30.10.1996.
Publicado en el BOP n. 291 de 19.12.1996.
Artículo 1.- Son objeto de la presente Ordenanza:
A tales efectos, el Ayuntamiento exigirá el cumplimiento de todas las normas de carácter general que repercutan en la defensa del consumidor, aplicables a dicha normativa.
Art. 2.- Quedan sometidas a las prescripciones de esta Ordenanza las operaciones o transacciones comerciales sobre productos alimenticios y las prestaciones de servicios que afecten a estos productos, realizadas dentro del término municipal de Zaragoza, cualquiera que sea el domicilio de la entidad o persona que las fabrique, transporte o expenda, así como se extiende tambien a las industrias, establecimientos y locales de productos alimenticios del término municipal de Zaragoza donde aquellos artículos se produzcan, almacenen o expendan.
Art. 3.- Las infracciones a lo previsto en el presente Reglamento se sancionarán conforme a las prescripciones del mismo, sin perjuicio de las responsabilidades que en los órdenes administrativos o jurisdiccional puedan igualmente corresponderle, a cuyos efectos se enviarán las actas correspondientes a los organismos de la Administración o judiciales que en cada caso sean competentes.